Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4º Categoría

¡NUEVO!

A partir del 1 de enero de 2024 se practicarán las retenciones del impuesto Cedular:

  • Aplica a sujetos con mayores ingresos: trabajadores en relación de dependencia y jubilados, entre otros.
  • El mínimo no imponible equivale a 15 salarios mínimos vitales y móviles.
  • El procedimiento para practicar la retención sobre los ingresos detallados precedentemente es el que surge, en su parte pertinente, de la RG 4003-E/2017, que se encuentra en vigencia.
  • El mínimo no imponible del mencionado régimen equivale a 15 salarios mínimos vitales y móviles ( $156.000 x 15 SMVM = $2.340.000),el valor del SMVM a considerar en el primer semestre es $156.000.

De ese modo, las retenciones a aplicar sobre los ingresos percibidos durante el mes de enero se determinarán considerando la siguiente escala:

Mayor ingreso neto imponible acumulado sobre el excedente de quince (15)  SMVM Pagarán
Más de $ equivalentes a A $ equivalentes a $
 equivalentes a
Más el
%
Sobre el excedente de $ equivalentes a
0 SMVM 1 SMVM, inclusive 0 SMVM 27 0 SMVM
1 SMVM 3 SMVM, inclusive 0,27 SMVM 29 1 SMVM
3 SMVM 5 SMVM, inclusive 0,85 SMVM 31 3 SMVM
5 SMVM 7 SMVM, inclusive 1,47 SMVM 33 5 SMVM
7 SMVM En adelante 2,13 SMVM 35 7 SMVM

Cabe aclarar, en los meses posteriores el importe a retener sobre los mayores ingresos acumulados al mes que se liquida, se determinará aplicando la escala acumulada al mismo mes.

El Formulario de "Liquidación de Impuestos a las Ganancias -  4ta Categoría Relación de Dependencia" año 2023 (F.1357) se encontrará disponible a partir del mes de mayo 2024 en el servicio Web de los recibos de Haberes.

Para los agentes que tengan ganancias brutas mayores a $6.600.000 de pesos anuales (puede ser actualizado en los próximos meses), podrán descargar, desde la página de AFIP – aplicativo Siradig el formulario F.1357 correspondiente a la Liquidación Anual de Ganancias 2023.

Se encuentran obligados a informar a AFIP el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año y el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, cuando el importe bruto de dichas rentas exceda los $6.600.000 (puede ser actualizado en los próximos meses).

Cronograma de vencimientos para el Período fiscal 2023
Bienes Personales - Personas humanas y sucesiones indivisas

DECLARACIÓN JURADA DETERMINATIVA
Las fechas de vencimiento para la presentación y pago, en caso de corresponder, de la declaración jurada determinativa de Ganancias y Bienes Personales, dependerán de la terminación de la CUIT:

Período fiscal 2023

Presentación y pago
 

Terminación de CUIT Fecha de presentación Fecha de pago
0, 1, 2 y 3 11/06/2024 12/06/2024
4, 5 y 6 12/06/2024 13/06/2024
7, 8 y 9 13/06/2024 14/06/2024

DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA

La presentación de la declaración jurada de carácter informativa podrá realizarse hasta el día 1 de julio de 2024, inclusive.