Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4º Categoría
¡NUEVO!
A partir del 1 de enero de 2024 se practicarán las retenciones del impuesto Cedular:
- Aplica a sujetos con mayores ingresos: trabajadores en relación de dependencia y jubilados, entre otros.
- El mínimo no imponible equivale a 15 salarios mínimos vitales y móviles.
- El procedimiento para practicar la retención sobre los ingresos detallados precedentemente es el que surge, en su parte pertinente, de la RG 4003-E/2017, que se encuentra en vigencia.
- El mínimo no imponible del mencionado régimen equivale a 15 salarios mínimos vitales y móviles ( $156.000 x 15 SMVM = $2.340.000),el valor del SMVM a considerar en el primer semestre es $156.000.
De ese modo, las retenciones a aplicar sobre los ingresos percibidos durante el mes de enero se determinarán considerando la siguiente escala:
Mayor ingreso neto imponible acumulado sobre el excedente de quince (15) SMVM | Pagarán | |||
Más de $ equivalentes a | A $ equivalentes a | $ equivalentes a |
Más el % |
Sobre el excedente de $ equivalentes a |
0 SMVM | 1 SMVM, inclusive | 0 SMVM | 27 | 0 SMVM |
1 SMVM | 3 SMVM, inclusive | 0,27 SMVM | 29 | 1 SMVM |
3 SMVM | 5 SMVM, inclusive | 0,85 SMVM | 31 | 3 SMVM |
5 SMVM | 7 SMVM, inclusive | 1,47 SMVM | 33 | 5 SMVM |
7 SMVM | En adelante | 2,13 SMVM | 35 | 7 SMVM |
Cabe aclarar, en los meses posteriores el importe a retener sobre los mayores ingresos acumulados al mes que se liquida, se determinará aplicando la escala acumulada al mismo mes.
El Formulario de "Liquidación de Impuestos a las Ganancias - 4ta Categoría Relación de Dependencia" año 2023 (F.1357) se encontrará disponible a partir del mes de mayo 2024 en el servicio Web de los recibos de Haberes.
Para los agentes que tengan ganancias brutas mayores a $6.600.000 de pesos anuales (puede ser actualizado en los próximos meses), podrán descargar, desde la página de AFIP – aplicativo Siradig el formulario F.1357 correspondiente a la Liquidación Anual de Ganancias 2023.
Se encuentran obligados a informar a AFIP el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año y el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, cuando el importe bruto de dichas rentas exceda los $6.600.000 (puede ser actualizado en los próximos meses).
Cronograma de vencimientos para el Período fiscal 2023
Bienes Personales - Personas humanas y sucesiones indivisas
DECLARACIÓN JURADA DETERMINATIVA
Las fechas de vencimiento para la presentación y pago, en caso de corresponder, de la declaración jurada determinativa de Ganancias y Bienes Personales, dependerán de la terminación de la CUIT:
Período fiscal 2023
Presentación y pago
Terminación de CUIT | Fecha de presentación | Fecha de pago |
0, 1, 2 y 3 | 11/06/2024 | 12/06/2024 |
4, 5 y 6 | 12/06/2024 | 13/06/2024 |
7, 8 y 9 | 13/06/2024 | 14/06/2024 |
DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA
La presentación de la declaración jurada de carácter informativa podrá realizarse hasta el día 1 de julio de 2024, inclusive.